¿Cómo reclamar si estas afectado por un incendio forestal?

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¿Cómo reclamar si estas afectado por un incendio forestal?

Un verano más, nuestro país vuelve a sufrir los efectos del fuego, y son muchas las personas afectadas por el daño que han sufrido sus viviendas, vehículos y tierras. Por este motivo, hoy te aclaramos algunos aspectos que debes tener en cuenta de si te toca reclamar.

¿Qué cubre la póliza de seguros en un incendio?

Si hay un incendio, que provoca daños en tu propiedad y tienes una póliza de seguro que cubra esta contingencia, podrás dar el parte correspondiente(para lo que tendrás un plazo de siete días, salvo que en póliza se hubiera fijado un plazo más amplio) y de ser posible intentar reducir las consecuencias, conservar lo que se pueda para que perito realice las valoraciones necesarias (siendo recomendable obtener reportaje fotográfico de lo que no se pueda conservar) y de surgir de forma posterior alguna controversia respecto a la cuantificación o incluso propia cobertura poder efectuar la reclamación al seguro.  

Al margen de si el incendio ha sido causado por una persona, teniendo esta la obligación de compensarnos, la aseguradora será la responsable de que la persona afectada sea indemnizada por los daños sufridos, ya que es muy posible que el causante no tenga solvencia suficiente para hacer frente a estos, aunque haya sido condenado.  

Si se da el caso de no tener contratada una póliza con esa cobertura de incendios, de que el responsable sea insolvente, sin seguro de responsabilidad civil o con una póliza que garantice su responsabilidad civil pero con una suma insuficiente para hacerse cargo del total de las indemnizaciones, nadie cubrirá ni se hará cargo de los daños sufridos salvo que el Gobierno, por Real Decreto, acuerde algún tipo de ayuda, o bien que ese territorio sea declarado zona catastrófica por emergencia de protección civil.

Hay que tener en cuenta que, si tienes contratada una hipoteca, la Ley hipotecaria te obliga a tener un seguro, al menos de incendio, cuyo valor debe ser de continente (da cobertura a los elementos estructurales de una vivienda).

Reclamación de los daños 

Si tu seguro te cubre contra incendio, ya sea de un mueble o de un coche, y se produce un incendio que haya causado daños en la propiedad, será la aseguradora quien asume la cobertura de incendio. En caso de que el incendio sea fortuito y no tengas seguro, no podrás reclamar a nadie. Si es intencionado y se localizada al autor, le podrás reclamar siempre que este sea solvente. También tienes la posibilidad de reclamar la indemnización en aquellos casos en los que la conducta no constituya delito, pero sean consecuencia de un actuar culposo y para la situación en la que ese responsable cuente con un seguro de responsabilidad civil se podrá articular por los perjudicados la acción directa frente a la eventual compañía de seguros del responsable.

En todos los casos en los que exista un seguro que cubra el riesgo de incendio habrá que dar parte, y la aseguradora enviará un perito el cual hará una evaluación de los daños, una vez realizado el informe pericial se abonará la indemnización correspondiente.  

¿A quién y cómo pueden reclamar los afectados del incendio?

Los perjudicados con daños materiales y/o personales tendrán la posibilidad de reclamar la correspondiente indemnización conforme al artículo 1902 y siguientes del Código Civil

Por otro lado, las compañías de seguros con las que los afectados tienen una póliza de hogar tendrán que asumir los daños materiales sufridos (según se incluya continente, contenido o ambas) y, en su caso, el alojamiento provisional, coste de los bomberos, traslado de mobiliario y reconstrucción de la vivienda (en caso de destrucción total). 

A parte de las coberturas de daños en las pólizas y en caso de poder identificar un responsable de los daños, el perjudicado tendría acción directa frente a la eventual compañía de seguros, que garantizaría la Responsabilidad Civil del mismo y, por lo tanto, esa entidad aseguradora tendrá asumir dentro de los límites fijados en la póliza.

Consorcio de Compensación de Seguros 

Si no dispones de un seguro, salvo que se puedan reclamar los gastos al causante del incendio, no existe la opción de pedir el pago de los daños al Consorcio de Compensación de Seguros, como sí ocurriría en otro tipo de situaciones:  

-       Los terremotos, inundaciones extraordinarias, las erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica y las caídas de cuerpos siderales. 

-       Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, sedición, motín y alteración pública. 

-       Los hechos o actuaciones de las Fuerzas armadas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz. 

Por tanto, los supuestos de incendio no tienen la consideración de riesgo extraordinario, lo que conlleva que, no estarían cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.  

Lo que sí cubrirá el Consorcio, son las indemnizaciones cuando tengan lugar lesiones a las personas que participan en las tareas de extinción, ya sean heridos o fallecidos, según recoge el artículo 49 de la Ley de Montes. 

¿El seguro del hogar cubre los daños provocados? 

El seguro de hogar, cuando incluye la cobertura de incendios, obliga dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a indemnizar los daños provocados por incendio en el objeto asegurado descrito en la póliza.

Te recordamos que no cubre si el fuego ha sido provocado intencionadamente por el asegurado. 

¿Si tengo una hipoteca la tengo que seguir pagando?

La desaparición del inmueble no implica la eliminación del préstamo y, en este caso, se acudirá a la solución que nos proponga el seguro. En los artículos 40 y siguientes de la Ley de Contrato de Seguro se regula el derecho de los acreedores hipotecarios. Si hay hipoteca, el banco tiene un derecho especial como acreedor preferente ante el asegurador.

En resumen, la compañía de seguros liquidaría al asegurado para destinarlo a reconstrucción en caso de que la entidad bancaria no se oponga. En caso de desacuerdo entre banco y deudor, la compañía lo remitiría en el juzgado.

Si te has visto afectado por un incendio y la compañía de seguros no te hace caso, contáctanos.


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