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Conoce los detalles del divorcio exprés de mutuo acuerdo

Derecho de Familia
Conoce los detalles del divorcio exprés de mutuo acuerdo

El divorcio exprés de mutuo acuerdo es la forma más económica y más rápida de divorciarse. No se necesita Juez y todo se resuelve ante un notario o un letrado de la Administración de Justicia.

Por nuestra experiencia te aseguramos que un divorcio de común acuerdo por la vía judicial suele durar como mínimo un año, siempre que no haya complicaciones. El divorcio exprés, en cambio, se resuelve en un plazo de uno a tres meses. En todos estos casos, es necesario que los cónyuges cuenten con el asesoramiento de un buen abogado experto en divorcios.

Condiciones para acceder a un divorcio exprés

No todas las parejas que pretendan a divorciarse pueden hacerlo mediante un divorcio exprés. Se necesitan los requisitos que te enumeramos a continuación:

1. Tres meses de unión matrimonial

Para acceder al divorcio exprés, tu matrimonio debe tener mínimo tes meses de antigüedad.

2. Residencia

Al menos uno de vosotros debe residir en España.

3. Parejas sin hijos menores o mayores dependientes de sus padres

En la situación de que existan hijos menores o mayores dependientes, no te puedes acoger al procedimiento de divorcio exprés. Cuando hay menores debe intervenir obligatoriamente el Ministerio Fiscal, quien vela por sus derechos.

4. Consentimiento de hijos mayores de edad o menores emancipados

Si tú y tu cónyuge tengáis hijos mayores o menores emancipados, tendrán manifestar su consentimiento con respecto a las medidas del convenio regulador que los afecten. Este requisito se aplica para los hijos que residan en la vivienda familiar y no tengan ingresos propios y esta descrito el artículo 82 del Código Civil.

5. Acuerdo de los cónyuges

El divorcio exprés es un tipo de divorcio de mutuo acuerdo. Por lo tanto, la base es que los dos estéis de acuerdo en divorciaros mediante esta modalidad. 

6. El convenio regulador

Debe contener todos los aspectos relacionados con la vida y la economía de la expareja.

El convenio regulador puede ser modificado si las circunstancias de la pareja varían. El artículo 90.3 del Código Civil expone que las medidas acordadas ante el letrado o ante el notario podrán ser modificadas por un nuevo acuerdo.

¿Se puede hacer un divorcio exprés si la mujer está embarazada?

Si tu mujer está embarazada no podéis divorciaros por la vía del divorcio exprés ante notario. En esta situación, debe intervenir el juez para decretar las condiciones y las medidas que se refieren al no nacido. Es decir, se deberá recurrir a la vía contencioso-administrativa, aunque sea un divorcio de común acuerdo.

El artículo 29 del Código Civil expone que «… el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables…». En este precepto legal se basa la imposibilidad del divorcio exprés para la mujer embarazada. A ojos de la ley, es como si la pareja ya tuviera un hijo menor de edad, y, como te explicamos antes, si hay hijos menores no se puede utilizar el divorcio exprés.

Si deseas divorciarte de tu cónyuge utilizando el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, consúltanos.

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