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Cuándo necesitas un abogado

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Cuándo necesitas un abogado

En este post vamos a intentar darte respuesta a la pegunta ¿Cuándo necesitas un abogado?, en cuanto a procedimiento civil.

Es posible que en muchas ocasiones hayas pensado en no dejar que un asunto se quede así si no ir a juicio. Para poder presentar una demanda civil en un juicio es obligatorio contar con abogado y procurador para procedimientos siempre que la cuantía sea superior a 2000 euros. Por otro lado, si estamos ante un caso que requiere de juicio ordinario por la materia del artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se necesitara abogado y procurador esta información esta consignada en los artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Artículo 23. Intervención de procurador.

1. La comparecencia en juicio será por medio de procurador, que habrá de ser Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario de Grado equivalente, habilitado para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del juicio.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, podrán los litigantes comparecer por sí mismos: 1.º En los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y para la petición inicial de los procedimientos monitorios, conforme a lo previsto en esta Ley. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Página 46 2.º En los juicios universales, cuando se limite la comparecencia a la presentación de títulos de crédito o derechos, o para concurrir a Juntas.

3.º En los incidentes relativos a impugnación de resoluciones en materia de asistencia jurídica gratuita y cuando se soliciten medidas urgentes con anterioridad al juicio. 3. El procurador legalmente habilitado podrá comparecer en cualquier tipo de procesos sin necesidad de abogado, cuando lo realice a los solos efectos de oír y recibir actos de comunicación y efectuar comparecencias de carácter no personal de los representados que hayan sido solicitados por el Juez, Tribunal o Letrado de la Administración de Justicia. Al realizar dichos actos no podrá formular solicitud alguna. Es incompatible el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales.

4. En los términos establecidos en esta Ley, corresponde a los procuradores la práctica de los actos procesales de comunicación y la realización de tareas de auxilio y cooperación con los tribunales.

5. Para la realización de los actos de comunicación, ostentarán capacidad de certificación y dispondrán de las credenciales necesarias. En el ejercicio de las funciones contempladas en este apartado, y sin perjuicio de la posibilidad de sustitución por otro procurador conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, actuarán de forma personal e indelegable y su actuación será impugnable ante el letrado de la Administración de Justicia conforme a la tramitación prevista en los artículos 452 y 453. Contra el decreto resolutivo de esta impugnación se podrá interponer recurso de revisión. 6. Para la práctica de los actos procesales y demás funciones atribuidas a los procuradores, los Colegios de Procuradores organizarán los servicios necesarios.

Artículo 31. Intervención de abogado.

 1. Los litigantes serán dirigidos por abogados habilitados para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No podrá proveerse a ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado.

2. Exceptuándose solamente:

1.º Los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y la petición inicial de los procedimientos monitorios conforme a lo previsto en esta Ley.

2.º Los escritos que tengan por objeto personarse en juicio, solicitar medidas urgentes con anterioridad al juicio o pedir la suspensión urgente de vistas o actuaciones. Cuando la suspensión de vistas o actuaciones que se pretenda se funde en causas que se

Pero ¿Cómo encontramos un abogado?

El letrado que nos represente debe ser un abogado colegiado y en ejercicio.

Colegiado significa que esta inscrito en un colegio profesional de abogados y que tiene un numero asignado. Si tienes dudas sobre si tu abogado esta o no colegiado pregúntale por su numero de colegiado y corrobóralo con el colegio de abogados

¿Pero qué significa abogado en ejercicio?

Significa que además de estar inscrito en el colegio de abogados y en la pagina de Abogacía Española (Puedes comprobarlo en este link de censo de abogados) debe estar en “Alta” como ejerciente. Eso significa que pueda acudir a juicios y representar a personas. Para conseguir todo eso un abogado en España debe haber estudiado los cuatro años de carrera (Grado Universitario); el master de abogacía (Título Postuniversitario de duración de 2 años); y el examen de Estado que organiza el Ministerio de Justicia cada año. Si tu abogado ha cumplido con todas estas características es que cuentas con un letrado de verdad, no un “Asesor Jurídico”, “Asistente jurídico”, “Jurista”, “traductor espabilado”.

Pero ¿Por qué es importante tener un abogado?

Ya no solo en los casos en los que obliga la ley si no también en los demás es importante contar con el consejo de un profesional de la ley ya que te puede ahorrar mucho dinero en tramites e impuestos.

¿Y qué si me asesora un ¨no abogado¨?

Corres el peligro de que tengas que afrontar responsabilidades legales con hacienda, la Seguridad Social o incluso judiciales si tu “asesor” no conoce la ley y te metes en un lio por lo pagar en plazo o no responder una demanda cuando deberías. A veces te enteraras cuando ya es tarde y el juzgado a embargado tu nomina en el banco, pero ya no podrás hacer nada por que el plazo legal para defenderte ha terminado.

¿En qué otras ocasiones es útil tener abogado?

Si vas a contratar un seguro, una hipoteca o hacer una compraventa es crucial que un abogado experto te revise la documentación. En caso contrario puedes encontrarte con una póliza de seguro que no te cubre tu avería, una hipoteca con clausulas abusivas (que ahora si tendrás que llevar a juicio si quieres evitar que te sigan cobrando las clausulas abusivas) o finalmente si quieres evitar comprarte una casa con deudas con hacienda, con la luz o incluso un embargo que no sabias.

¿Cómo conseguir un abogado?

Por un lado, como ha hemos explicado en nuestro articulo sobre el abogado gratis (link otro artículo), puedes contar con un abogado de oficio si tus condiciones económicas encajan con las que la ley pide.

Pero, por otro lado, si no tienes derecho a la asistencia jurídica gratuita, puedes contar con nosotros. En Audacia Abogados estamos al día en las nuevas tecnologías por lo que ofrecemos consultas jurídicas en la modalidad online en todo el territorio nacional. También ofrecemos consultas jurídicas en nuestras oficinas en Torrevieja, Alicante. Si quieres empezar a resolver tu problema jurídico ya, llámanos y deja que te lo solucionemos.


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