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¿Cuándo se puede pedir la jubilación anticipada?

Descubre como jubilarte de manera anticipada.

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¿Cuándo se puede pedir la jubilación anticipada?

Para responderte a esta pregunta primero vamos a explicarte que es la jubilación anticipada.

Se llama jubilación anticipada a la posibilidad de adelantar la jubilación ordinaria, esta permite retirarse hasta 2 años antes de la edad ordinaria de jubilación y esta al alcance de cualquier trabajador, cumpliendo unos requisitos legales. Cabe destacar que esto tendrá una parte negativa que es la reducción de la pensión dependiendo de distintos factores, normalmente de la edad de jubilación y los años cotizados.

Requisitos generales para la jubilación anticipada.

·      Tener mínimo 30 años cotizados, de estos años al menos dos años deben haberse cotizado durante los últimos 15 años antes de jubilarse sin importar el tipo de contrato.

·      Tener 2 años menos de la edad ordinaria de jubilación correspondiente conforme a lo previsto en la Ley General de la Seguridad Social.

·      Estar de Alta o en situación asimilada al alta.

Hay que tener en cuenta que no se aplicarán bonificaciones por actividad peligrosa para la salud ni por discapacidad igual o superior al 45% o 65%

Tipos de jubilación anticipada.

Existen varios tipos de jubilación anticipada, a continuación, vamos a explicarte en detalle las características de cada tipo.

Jubilación anticipada voluntaria.

Es aquella que permite anticipar de forma voluntaria la edad de jubilación hasta un máximo de 2 años respecto a la edad ordinaria sin necesidad de acreditar que la persona ha sido objeto de despido o una circunstancia similar. Se exige tener al menos 35 años cotizados y que el importe resultante de la pensión no sea inferior a la pensión mínima que le correspondería si lo haría a la edad ordinaria.

En el caso de trabajadores incluidos en el Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, a efectos de acreditar el período mínimo de cotización efectiva (35 años), será necesario que, en los últimos 10 años cotizados, al menos 6 correspondan a períodos de actividad efectiva en este sistema especial.

Los coeficientes reductores sobre la pensión de jubilación son más penalizadores que en la jubilación por cese involuntaria.

Jubilación anticipada forzosa.

 Es aquella que se produce por causas ajenas al trabajador. Para que el trabajador pueda acogerse a esta jubilación tiene que tener 33 años cotizados, tener cumplida una edad que se inferior a cuatro años, como máximo, a la edad exigida, ser demandante de empleo durante al menos 6 meses anteriores a la solicitud y que el cese del trabajo se haya producido como consecuencia de las causas siguientes: despido colectivo, despido objetivo, extinción de contrato por resolución judicial , por fuerza mayor, por voluntad del trabajador por las causas previstas en el artículo 40.1, 41.3 y 50 del ET y por la muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o la extinción de la personalidad jurídica del contratante.

El resultado de la cuantía se calcula aplicando a la base reguladora el porcentaje general que le corresponda en función de los meses cotizados con una reducción, por cada mes o fracción de mes que en ese momento le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación, los coeficientes reductores a aplicar son en función del periodo de cotización y los meses de anticipación.

Jubilación anticipada por enfermedad.

Esta modalidad de jubilación está regulada por el Real Decreto 1851/2009 y el Real Decreto 15389/2003. Podrán acceder a ella los trabajadores con discapacidad igual o superior al 45%, siempre que hayan cotizado al menos 15 años con esa discapacidad y tengan mínimo 56 años. Por otro lado, para los que acrediten una discapacidad igual o superior al 65%, la edad mínima será 52 años.

Solo algunas enfermedades son consideradas causantes de una disminución de esperanza de vida, a continuación, te diremos las enfermedades que permiten la reducción de la edad de jubilación:

·      Discapacidad intelectual.

·      Parálisis cerebral.

·      Anomalías genéticas.

·      Trastornos de espectro autista.

·      Anomalías congénitas secundarias a talidomida.

·      Secuelas de polio o síndrome pospolio.

·      Daño cerebral adquirido.

·      Enfermedad mental.

·      Enfermedad neurológica.

Una vez explicados los requisitos y los tipos de jubilación anticipada, llegamos a la pregunta ¿Cómo solicitar la jubilación anticipada?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo público que se encarga de tramitar este servicio. Para enviar la solicitud tienes dos maneras de forma presencial en las oficinas del INSS en tu provincia llevando toda la documentación correspondiente o de manera telemática utilizando tu certificado digital (siempre pidiendo cita previa).

Una vez presentada, la Seguridad Social debe responder, en un plazo máximo de 90 días, si es concedida o no.

Ahora que ya conoces cómo pedir la jubilación anticipada, no dudes en ponerte en contacto con Audacia Abogados para concertarte una cita en la Seguridad Social, en caso de que la necesites.

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