menu
Audacia Abogados
_atributos.espanyol
Fondo de imagen

¿En qué consiste la Agravante por alevosía?

¿Cuándo tiene lugar la agravante de alevosía?

Derecho Penal
¿En qué consiste la Agravante por alevosía?

En este post te vamos a desvelar en que consiste la agravante de alevosía, es una de las agravantes descritas en el Código Penal Español.

En primer lugar, queremos destacar que cuando se aprecia una agravante en la comisión de un delito la pena a imponer será más elevada.

¿Qué es la alevosía como agravante de un delito?

La alevosía, como agravante en derecho penal, se apreciará cuando para asegurar la ejecución del delito, el autor aprovecha unas circunstancias o utiliza unos medios para eliminar toda posibilidad de defensa de la víctima.

La alevosía según el Código Penal

El artículo 22 del Código Penal recoge todas las agravantes y la primera de ellas es la dedicada a la alevosía, estableciendo lo siguiente: 

Son circunstancias agravantes:

1ª Ejecutar el hecho con alevosía.

Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido.

Condiciones de la alevosía

-       Es necesario, un elemento normativo consistente en que se trate de un delito contra las personas.

-       Que la intención se proyecte sobre el empleo de los medios, modos o formas utilizados para impedir la defensa del ofendido, eliminando así conscientemente el posible riesgo que pudiera suponer para su persona una eventual reacción defensiva de aquél.

-       Que el autor se sirva, justamente en la ejecución, medios, modos o formas que garanticen la eliminación de las posibilidades de defensa de la víctima del delito.

¿Cuándo se actúa con alevosía?

La doctrina del Tribunal Supremo distingue tres maneras en las que se puede actuar con alevosía:

1. La proditoria: caracterizada por la trampa, la emboscada, la asechanza o el apostamiento.

2. La súbita: cuando el agente desencadena el ataque improvisando, es decir, estando totalmente sorprendido el ofendido, al cual nada en el comportamiento de aquel le permite prever que va a ser atacado de una forma que impida todo intento defensivo.

3. La singularizada por el aprovechamiento por parte del culpable de una especial situación de desvalimiento: tiene lugar cuando el ofendido es un niño de corta edad, un anciano, durmiendo o en estado de ebriedad.

¿Qué es premeditación y alevosía?

Actualmente la premeditación no viene prevista en el Código Penal como agravante al haber desaparecido.

Cuando la premeditación estaba calificada como agravante se entendía que sucedía cuando en la conducta del delincuente se presentaban una serie de requisitos que te describimos a continuación:

-       Resolución firme y reflexiva de cometer un delito.

-       Persistencia del deseo acordado de cometer el delito durante cierto tiempo.

-       Frialdad en el obrar, lo que descartaba que los hechos se cometieran con premeditación cuando era pasional.

La alevosía o las alevosías, como ya hemos dicho, es una agravante que sigue recogida en el Código Penal y que tiene lugar cuando el sujeto delictivo asegura la ejecución del delito e impide la defensa de la víctima.

Derecho Penal

Volver al principio Volver al principio