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Formas de aceptar la herencia y sus ventajas

¿Qué formas hay de aceptar la herencia? ¿Qué es la aceptación pura y simple? ¿Qué es la aceptación a beneficio de inventario?

Derecho de Familia
Formas de aceptar la herencia y sus ventajas

La herencia es la forma de entregar los bienes por causa del fallecimiento del causante. No estas obligado a heredar, por lo que tienen lugar diferentes formas de aceptación de la herencia: en primer lugar, la pura y simple, en la que el heredero se responsabiliza de todas las cargas y deudas y responderá, no solo con los bienes de la herencia sino también, con los propios.

Por otro lado, existe la aceptación a beneficio de inventario el heredero sólo responderá con los bienes de la herencia. Tendrá que ser necesariamente a beneficio de inventario cuando los herederos sean menores o incapacitados, los pobres o al estado. Los plazos para aceptar la herencia a beneficio de inventario, por regla general, se podrá hacer en cualquier momento. Si el heredero tiene en su poder los bienes y quiere utilizar el beneficio de inventario debe ponerlo de manifiesto ante el juez competente, en 9 días desde el fallecimiento, si reside en el mismo lugar del fallecimiento del causante o en 30 días, cuando resida en un lugar distinto de donde falleció el causante.

Se fija el plazo de 60 días para hacer inventario, o un año cuando concurran circunstancias especiales.

Para evitar que el patrimonio del heredero se pueda ver comprometido por las deudas del fallecido, lo lógico es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Por medio de esta figura jurídica, si existen deudas de la herencia se pagarán con el patrimonio heredado y no se responderá con el propio del heredero. Cuando no se sabe si existen cargas, lo más recomendable es determina el valor de los bienes.

Una de las principales cargas son las hipotecas, que se mantienen vigentes en el momento de la muerte del titular. Si se hereda un inmueble con hipoteca, los herederos, si aceptan la herencia, deberán seguir pagando las cuotas.

En este caso la entidad bancaria no puede modificar las condiciones del préstamo, simplemente debe cambiar el titular del préstamo. Si se acepta la herencia y se recibe una vivienda con carga hipotecaria, también se hereda la obligación de pagar el préstamo, si el heredero no se responsabiliza del abono de la hipoteca, el bando puede subastar el bien y si no fuera suficiente el valor que se obtenga para liquidar la, se ejecutará el patrimonio del heredero y se podrían embargar sus bienes.

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