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Los menores de edad pueden ser juzgados

Descubre si los menores pueden ser juzgados.

Derecho Penal
Los menores de edad pueden ser juzgados

Es una pregunta frecuente que puede sonarte de la televisión o las películas y que siempre hayas querido saber la verdad, aunque solo sea para asustar a tus hijos.

Realmente los menores de edad sí que pueden ser llevados a un juicio penal para responder de un delito o un delito leve que hayan cometido. ¿Pero dónde está el límite?

La ley estima en el articulo 19 del Código Penal que las personas menores de 18 años no pueden ser juzgadas en atención a esa ley. Ahora bien, para impedir la impunidad total de muchos delitos que se cometen por adolescentes como pueden ser hurtos, robos, peleas, acoso escolar, etc. se ha ideado una forma en la que se les puede pedir responsabilidad criminal, o lo que es lo mismo pueden ser condenados.

Entonces: ¿Los menores de edad pueden ser juzgados? Sí. Las personas que pueden ser castigadas siendo menores de 18 años deben tener entre 14 y 17 años de edad. Estos, en caso de cometer un delito, deberán comparecer en un juicio y recibir su condena. Si de su delito, han surgido daños, que es el caso más habitual, serán sus padres o tutores legales los responsables civiles (los que paguen la indemnización), a la víctima. No te alarmes, puedes hacer algo para contrarrestar esta situación, puedes buscar un abogado que represente a tu hijo, o uno que te representa a ti en caso se haber intereses contrapuestos (por ejemplo, cuando tu hijo/a te ha agredido a ti).

¿Qué ley castiga a los menores de edad?

La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores de edad, que puedes consultar aquí.

Las condenas a los adolescentes varían en función de la gravedad del delito, de si es la primera vez o son reincidentes y de otras circunstancias.

¿A qué se les puede condenar?

Pueden verse obligados por un juez a asistir a clases o cursos de formación para el control de la ira, de educación sexual, o incluso pueden ser recluidos en un centro de menores (que viene a ser muy parecido a una ¨cárcel para niños¨, salvando las distancias, puesto que se les priva de su libertad y se les instruye en un régimen interno severo). Esta última medida es la más grave, y recibe el nombre de medida en vez de condena, al igual que el Juicio se llama expediente de reforma, pero es solo un nombre distinto para lo mismo.

¿Es posible que condenen a mi hijo a pagar una indemnización por un daño que me ha generado a mí?

La respuesta es que sí, pero se produce una confusión entre la persona a la que se le debe la indemnización (la madre o el padre) y la persona que debe pagarla como responsable civil en calidad de padre (de nuevo los progenitores).

Ahora que ya sabes que los menores de edad pueden ser juzgados, puedes usar esta información tanto para reclamar tus derechos de un menor que ha cometido un delito, como tener una charla con tus hijos para explicarles que pueden llegar a meterse en problemas si deciden delinquir. En Audacia Abogados te ayudamos con tu procedimiento penal, llámanos y lo resolveremos.

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