PAREZCO CULPABLE SI NO DECLARO ANTE LA POLICIA O EL JUEZ?
Qué sucede si no declaras ante la policía o el juez?
Más en Derecho PenalEs muy frecuente que nuestros clientes se pregunten: ¿PAREZCO CULPABLE SI NO DECLARO ANTE LA POLICIA O EL JUEZ?
Pero es importante responder con toda la información a esta inquietante duda.
Como abogados podemos asegurar que, en primer lugar, declarar es solo un derecho que tiene el detenido o investigado y que hacer uso del mismo no hace que ¨parezca más culpable¨ o que tenga algo que ocultar. Por desgracia las tertulias de la televisión y las películas detectivescas pueden hacerte pensar que estas en una situación muy grave y que tu única salida es hablar.
Este derecho esta contenido nada menos que en la Constitución Española artículo 24.2:
“Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.”
Por otro lado, se puede ver en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en sus artículos 118.1 (para los investigados) y en el artículo 520.2 (detenidos y presos).
“Derecho a guardar silencio y a no prestar declaración si no desea hacerlo, y a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se le formulen” (art. 118 LECrim)
“a) Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el juez. b)Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.” (art. 520.2 LECrim.)
Es crucial que sepas que no solo por tener ese derecho, a veces, puede ser mejor que no declares. Hay una serie de circunstancias que son importantes para que tu abogado en Torrevieja pueda defender con más solidez tu inocencia, y por ello declarar antes de tiempo puede perjudicarte.
¿Qué debo decir a la policía entonces?
Es otra duda frecuente que tiene lugar cuando un cliente está detenido o siendo interrogado en sede policial (el cuartel de la guardia civil) y no sabe cómo debe actuar. Aconsejamos que no te dejes llevar por las preocupaciones del momento y la sensación de incomodidad que puedes tener al haber sido privado de tu libertad de pronto o haber sido llamado para declarar. Debes entender que sea el asunto que fuere, es mejor que comentes con un abogado en privado (otro de tus derechos inalienables), tu situación y entonces saber con seguridad que se debe hacer por consejo del profesional. El abogado, no solo por su conocimiento de la ley, sino por su experiencia en los procedimientos puede darte unas pautas muy claras de actuación al igual que darte la tranquilidad que necesitas en un momento tan amargo y desagradable.
¿Si no cuento mi versión ya nunca podré explicarme?
La ley ya ha previsto que tanto por el consejo desafortunado de quienes interrogan al detenido como por seguridad jurídica es mejor dar muchas oportunidades al investigado para hablar. Es por ello que te aseguramos, que cuando tu defensa, tu abogado, lo estime conveniente, podrá hablar al juez, y contarle tu verdad. Siempre tendrás esta oportunidad, incluso cuando estás en un juicio penal, en el último momento, la ley dice que el acusado, tiene el derecho a la ultima palabra, y es cuando también puedes decir tu versión de los hechos directamente al juez que decidirá sobre tu caso.
Art. 739 Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Principio del formulario
Terminadas la acusación y la defensa, el Presidente preguntará a los procesados si tienen algo que manifestar al Tribunal.
Al que contestare afirmativamente le será concedida la palabra.
El Presidente cuidará de que los procesados, al usarla, no ofendan la moral ni falten al respeto debido al Tribunal ni a las consideraciones correspondientes a todas las personas, y que se ciñan a lo que sea pertinente, retirándoles la palabra en caso necesario.
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