menu
Audacia Abogados
_atributos.espanyol
Fondo de imagen

¿Puedo oponerme a pagar una derrama?

¡Descubre como no pagar una derrama en tu comunidad!

Derecho Civil
¿Puedo oponerme a pagar una derrama?

Una derrama puede causar bastante espectáculo en una comunidad de vecinos, pero ¿alguien se puede escaquear? ¡Hoy te lo desvelamos!

A nadie le hace gracia tener que costear una derrama en su comunidad, por lo que muchos propietarios se cuestionan si están obligados a hacerlo o no. En este post te explicaremos cuando tienes una responsabilidad legal y cuando no en este tipo de situaciones.

¿En qué consiste una derrama?

Las derramas son gastos extraordinarios que tienen que llevar a cabo las comunidades para hacer frente a un gasto imprevisto para mantener un correcto estado de conservación del inmueble o para realizar innovaciones en los elementos comunes.

¿Cómo se formula y aprueba una derrama?

El primer paso es la convocatoria de la junta de propietarios. En esa convocatoria se deberá definir el orden del día de la reunión, es decir, los puntos que se van a atender. Una vez citada la junta, se celebrará en el día y lugar indicados, tomando los acuerdos que se aprueben.

Los acuerdos deben respetar las mayorías que marca la normativa de aplicación. En caso contrario, estaríamos ante un acuerdo que podría ser rebatido judicialmente. Así el juez tendrá que revisar si el acuerdo que se adoptó por lol vecinos se hizo de forma correcta (hay muchos detalles sobre las mayorías exigidas para cada derrama) y por tanto si tendrás que pagar la derrama y, posteriormente, el juez se pronunciará acerca de su validez.

¿Cuándo puedes no pagar una derrama?

Si una derrama se aprueba como resultado de un acuerdo en la junta de propietarios vas a tener que pagarla por obligación legal. Sólo hay dos excepciones en las que tú como propietario no tendrás que pagar la derrama a pesar de que se haya aprobado el acuerdo y siempre que muestres tu oposición expresa en la votación. Dichas excepciones son:

-       Acuerdos referidos a la instalación de infraestructuras comunes para el acceso o transformación de los servicios de telecomunicación, para la instalación de sistemas de aprovechamiento de energías renovables o para instalar infraestructuras indispensables para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos.

-       Acuerdos relativos a la realización de nuevas instalaciones, servicios o mejoras no necesarios para la adecuada conservación, seguridad y accesibilidad del inmueble y siempre que el importe de la derrama sea superior a tres mensualidades de gastos ordinarios.

¿Es posible tener que pagar derrama si no se ha acordado en junta?

Sí, hay tres casos en los que los propietarios tendrán que pagar la derrama a pesar de que no se haya tomado un acuerdo en la junta de propietarios:

-       Cuando las derramas consistan en obras de reparación necesarias para mantener y conservar el inmueble, sus servicios e instalaciones y, concretamente, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal.

-       Cuando las derramas se basan en la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y/o electrónicos que supongan garantizar la accesibilidad universal de personas con discapacidad o mayores de 70 años que vivan, trabajen o presten servicios voluntarios en el inmueble.

-       Cuando las derramas incluyen la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración del edificio que venga impuesta a inclusión del inmueble en un ámbito de actuación de rehabilitación o de regeneración y renovación urbana.

Si no estás de acuerdo con una derrama y quieres impugnarla judicialmente, porque crees que no se ha hecho según la ley necesitas un abogado que te lleve el caso. En Audacia Abogados podemos llevarte esa reclamación.



Derecho Civil

Volver al principio Volver al principio