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¿Qué es la extinción de condominio?

¿Cómo realizar la extinción de un condominio?

Derecho Civil
¿Qué es la extinción de condominio?

Tener un condominio significa ser copropietario de un bien, es decir compartir la propiedad del bien con otras personas.

La extinción de condominio se regula en el Código Civil como un procedimiento para dividir el condominio. Este procedimiento consiste en que un copropietario ceda su propiedad al otro copropietario o resto de copropietarios, sin que sea necesario la existencia de una contraprestación.

Este procedimiento es muy común en situaciones de herencias, separaciones de pareja o divorcio. En la extinción de condominio suelen surgir complicaciones debido a la mala relación entre las partes copropietarias, acentuándose aún más si las partes son ex pareja, por ello es necesario acudir al proceso asistido de un abogado. En Audacia Abogados le ayudamos a resolver su problema pidiendo su consulta aquí.

¿Cómo realizar la extinción de un condominio? Si uno de los copropietarios decide disolver el condominio, no pueden negarse el resto, debido a que la ley expresa que nadie puede ser obligado a permanecer en un condominio, por ello cada una de las partes podrá pedir en cualquier momento la división de la cosa común.

Existen dos tipos de procedimientos para disolver la cosa común, o bien por mutuo acuerdo o por vía judicial.

-Extinción de condominio por mutuo acuerdo, se realiza cuando las partes convienen alguna de las formas previstas para la extinción de condominio, como por ejemplo a través de una compraventa. Los copropietarios que opten por esta opción podrán otorgar escritura pública de extinción de condominio a través de Notaria, abonando el impuesto correspondiente.

En el supuesto de que el bien sea la vivienda familiar de un matrimonio que desea divorciarse o separarse, deberá de contemplar en el convenio regulador la extinción del condominio. Si el convenio regulador es homologado por la Justicia, se convierte junto con la sentencia en la escritura de extinción de condominio, que no tributara el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

-Extinción de condominio por vía judicial. Si los copropietarios deciden acudir a la Justicia, deberán interponer una demanda solicitando la división de cosa común.

Fiscalidad de la extinción de condominio.

La extinción de condominio no está sujeta al Impuesto de Trasmisiones patrimoniales Onerosas, si no que tributa exclusivamente por el impuesto de Actos Jurídicos Documentales, siendo la base imponible el valor total del bien.

Esta operación no se considera una transmisión patrimonial, y por lo tanto no está sujeta a la Plusvalía municipal, por no producirse el hecho imponible, su tributación quedará aplazada a la siguiente transmisión.

Para los supuestos que exista un exceso de adjudicación para alguna de las partes en la extinción de condominio, se produciría una variación patrimonial en la persona que recibe el exceso y por lo tanto debería declararse en el impuesto IRPF, en las mismas condiciones que las derivadas de cualquier otra transmisión patrimonial.

Extinción de condominio cuando existe una hipoteca.

Es habitual que la extinción de condominio recaiga sobre una vivienda sujeta a una hipoteca. Si un copropietario cede al otro el 100% de la vivienda, el copropietario que cede quedaría aun como deudor de la hipoteca, aunque ya no fuese propietario de la vivienda, por ello es recomendable llegar a un acuerdo, a través de tu abogado, también con la entidad bancaria, antes de ejecutar la extinción del condominio.

La extinción de condominio es un procedimiento, en el cual suelen surgir diversas controversias con la otra parte copropietaria, por lo tanto, deben de ir asesorados por un abogado comprometido con su causa, puede ponerse en contacto con Audacia Abogados, pidiendo su cita aquí.

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