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¿Qué ocurre cuando fallece el participe que también es beneficiario de un fondo de pensiones?

¿Qué sucede si no hay beneficiarios designados? Impuestos por parte de los beneficiarios.

Derecho de Familia
¿Qué ocurre cuando fallece el participe que también es beneficiario de un fondo de pensiones?

Cuando abres un plan de pensiones, lo habitual es que el beneficiario (la persona que tiene derecho a recibir el dinero) sea el propio partícipe (titular), es decir, quien aporta al mismo.

La otra posibilidad es que el dinero lo cobren los beneficiarios elegidos por el participe cuando él fallece, cuyos datos ha dejado constar el en el contrato del plan de pensiones. También se pueden precisar los % de cada uno de los beneficiarios, si es la voluntad de la persona.

¿Qué sucede si no hay beneficiarios designados?

Para la situación en la que como participe no hayas escogido beneficiarios, el montante lo cobrarán tus herederos legales. En caso de que no tengas familiares puedes escoger como beneficiario en el momento de tu defunción a una ONG, algún amigo o iglesia.

Impuestos por parte de los beneficiarios

El capital rescatado en el momento del fallecimiento del titular del fondo va a tributar como rendimientos del trabajo en la declaración de la renta. Sin tener en cuenta la forma del cobro (puede ser con cobro único o varios cobros de forma dilatada en el tiempo). La ventaja de esto, es que no tributa por el impuesto de sucesiones.

Los beneficiarios pueden cobrar el dinero del plan de pensiones cuando quieran, no es obligatorio que sea cuando se produce el fallecimiento del titular. Deberán aportar varios documentos: la solicitud de prestación por fallecimiento (cada beneficiario una), fotocopia del DNI y certificado original de defunción.

Por lo tanto:

·       El partícipe elige a los beneficiarios en el contrato del plan de pensiones.

·       Si no hay nombrado ninguno, será para los herederos legales, los que consten en su testamento, o en su defecto los que la ley designe.

·       Puede ser una persona jurídica como, por ejemplo, una ONG.

Si quieres planificar tu futuro, sabiendo de qué cantidades vas a disponer o qué prefieres dejar a tus allegados puedes poner tus asuntos en orden cuanto antes. De tal forma te aseguras que se hará tu voluntad. En caso de que quieras contratar un fondo de pensiones, llama a Audacia Abogados, e infórmate de tus derechos.

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