¿Qué puedes pedir al contratar un seguro de viaje?

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¿Qué puedes pedir al contratar un seguro de viaje?

Con el inicio de las vacaciones, muchos españoles comienzan a planear sus viajes de verano. Para viajar con total tranquilidad es conveniente tener un seguro, sobre todo, si se trata de un destino internacional.

Por este motivo, hoy repasamos qué aspectos tienes que revisar al contratar un seguro de viaje, qué coberturas es imprescindible incluir y cómo tienes que proceder a la hora de pedir una reclamación.

Seguro de viaje: ¿Qué coberturas es obligatorio incluir?

El seguro de viaje es un contrato de adhesión con condiciones generales donde las compañías imponen un contrato tipo redactado previamente, aunque cada una de ellas te da diferentes modalidades. Estas pueden ir desde la más básicas, que incluyen una única garantía como cancelación y algunas relativas a gastos de demora y pérdida de maletas con una suma asegurada mínima, hasta otras más top que incluyen garantías de cancelación, de asistencia sanitaria, responsabilidad civil, defensa jurídica, etc.

Por lo tanto, cada persona escoge la opción que le interesa aceptando las coberturas básicas, las voluntarias, aumentando sumas aseguradas y, en su caso, supresión de franquicias o el importe de estas.

¿Y en los viajes internacionales?

Para poder entrar en algunos países se exige un seguro con unas coberturas mínimas. En esos casos, la aseguradora que venda seguros específicos para esos destinos tendrá que incorporar de forma obligatoria las coberturas mínimas exigidas por esos países de destino. Por ejemplo:

-       Tailandia obliga a disponer de un seguro médico de viaje que cubra todos los tratamientos médicos por un valor mínimo (20.000 dólares), prolongación de estancia de hasta 10 días (gastos de hospitalización y aislamiento en caso de infección) y que cubre gastos por COVID-19.

-       Rusia solicita la acreditación de un seguro de viaje con una cobertura médica para cualquier contingencia y la repatriación.

-       Espacio Schengen: el seguro Schengen para viajar por los países que lo integran por un máximo de 3 meses en un periodo de 6 meses tiene las coberturas mínimas de gastos de repatriación en caso de emergencia o fallecimiento, la asistencia médica de urgencia y la atención hospitalaria de urgencia, con una cobertura mínima de 30.000 euros.

¿Qué es lo que no suele estar incluido en los seguros?

No hay seguros en los que todas las coberturas incluidas sean ilimitadas. Pero, de la misma forma que debe aparecer definido en los condicionados cuál es la garantía, riesgo y supuestos incluidos también tienen que estar expuestas las exclusiones y clausulas limitativas.

En este sentido, destacamos que las exclusiones más comunes son las siguientes: enfermedades crónicas y en algún caso solamente si se hubiera sufrido algún síntoma de ello dentro de los 30 días previos a la contratación, anulaciones que tengan su origen en consumo de drogas (salvo prescripción), alcoholismo, epidemias, guerras, autolesiones causadas intencionadamente, suicidios o intentos de suicidio, la no presentación de los documentos indispensables para el viaje (pasaporte, visado, etc.) y las lesiones que se produzcan en estado de enajenación mental.

¿En qué te tienes que fijar al contratar un seguro?

Tienes que tener en cuenta la duración del viaje y el destino ya que si viajas a un país en el que no se puede utilizar la tarjeta sanitaria europea tienes que contratar un seguro con una buena cobertura médica en el extranjero.

Normalmente, las compañías suelen establecer las tarifas, primas y productos por tres o cuatro distinciones geográficas: España, Europa y países ribereños, resto del mundo excepto EE. UU., Japón y Canadá.

Destacamos que hay seguros de anulación que incluyen un límite de días para la contratación del seguro y que solo son válidos si se han contratado en el mismo momento del viaje o como máximo en los 7 días siguientes. Por ello, es fundamental exigir un ejemplar de los condicionados y comprobarlos o bien asesorarse jurídicamente sobre el alcance del contrato de seguro.

También se debe tener información sobre el proceso para comunicar un siniestro, la posibilidad de utilizar una aplicación, teléfono (incluida la posibilidad de utilizar alguno de tarificación gratuita) o a través de la web. Y tomar nota de la documentación justificativa que según la póliza se puede pedir para liquidar o reembolsar gastos generados en un siniestro (demoras, perdidas maletas, etc.).

¿Debe incluir la misma cobertura si viajo a la UE que a un país fuera de la UE?

Las compañías suelen disponer de modalidades según el destino en cuestión. En los viajes dentro de España o a la Unión Europea, es ser suficiente contratar una póliza con garantía de cancelación, perdida/daños y robo equipaje, prolongación de estancia, demoras y pérdida de servicios contratados y reembolso de vacaciones no disfrutadas.

¿Qué es importante incluir si el viaje es fuera de la Unión Europea?

Debería contratarse una póliza que además de las destacadas para España y UE también incluya cobertura de asistencia sanitaria (con capitales adecuados según los costes sanitarios del país al que se viaja), repatriación, traslado familiar, asistencia legal y responsabilidad civil, gastos de secuestro.

¿Es sustancial que se incluya la repatriación al país de origen por enfermedad?

Siempre es aconsejable incluir la garantía de repatriación, siendo lo ideal que sus límites máximos de indemnización consideren una suma asegurada adecuada o que cubra su coste completo con un capital adecuado.

¿Cómo reclamar si el seguro no cubre un hecho que ha pasado en el país de destino?

Ante un incidente en un país remoto y ante un rechazo por parte de la entidad, la primera opción es pedir ayuda, información o colaboración a las embajadas o consulados, pues el trámite de reclamación a las entidades aseguradoras está regulado, pero sujeto a plazos normalmente entre 1 y 2 meses, a parte de esto existen ciertos problemas que no se podrán resolver a corto plazo, porque muchos de ellos acaban judicializados.

Desde Audacia Abogados te recordamos que toda compañía está obligada a tramitar las reclamaciones de los asegurados e incluso a que sean conocidas y resueltas por un departamento de Atención al Cliente de forma rigurosa, imparcial y con la fuerza de vincular a la compañía con una resolución positiva para el asegurado.

Si no te dan una resolución favorable o ante directamente no te responden puedes empezar la acción judicial (la competencia territorial es de los juzgados correspondientes al domicilio del asegurado, siendo nulo cualquier pacto en contrario).

Si tu seguro te intenta tomar el pelo o ni siquiera te responde, contáctanos.



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