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¿Qué seguro debes contratar para tu barco o embarcación de recreo?

Descubre que aspectos del seguro son importantes.

Derecho Civil
¿Qué seguro debes contratar para tu barco o embarcación de recreo?

¿Sabías que es obligatorio contratar un seguro para la mayoría de las embarcaciones de recreo? A continuación, te contamos los detalles.

El viento, las olas, el olor a sal… Es posible que a ti también te encante el mar y estás considerando comprar una embarcación. Probablemente ya sabrás que estarás obligado a asegurarla, tal y como pasa con los vehículos terrestres.

Un seguro de embarcaciones te protege en diferentes situaciones a bordo de una embarcación de recreo. En la legislación española, la necesidad del seguro de responsabilidad civil se estipula en el Real Decreto 607/1999. Esta legislación, indica qué tipo de embarcaciones son las que tienen que tener seguro obligatoriamente y qué coberturas mínimas deben tener estos (fundamentalmente, la responsabilidad civil).

¿Qué embarcaciones tienen que tener seguro?

La ley nombrada antes especifica que deben tener seguro todas aquellas embarcaciones propulsadas a motor, inclusive las motos acuáticas. Si la embarcación no tiene motor y su eslora es menor de 6 m., no es obligatorio tener seguro.

Qué te cubre el seguro de la embarcación

Las coberturas más comunes en los seguros de embarcaciones son las que te explicamos a continuación:

-       Responsabilidad civil

Así como en el caso de un seguro de coche, la responsabilidad civil respalda que, si tienes un accidente que perjudique a otras personas o barcos, el seguro se abonará las indemnizaciones correspondientes. Como se explicaba antes, es la cobertura mínima obligatoria de estos seguros.

-       Daños propios

Según la póliza, se podrán incluir daños que son resultado de accidentes, explosiones o incendios en los que tu embarcación haya sido dañada con el límite que se fije en la contratación.

-       Robo

El seguro puede cubrir tanto el robo del barco como de los enseres en su interior.

-       Asistencia en viaje

Cubre los gastos de remolque de la embarcación si no puede navegar por sus propios medios.

-       Defensa Jurídica

Los gastos de abogados, procurador y tasas para la defensa y la reclamación si, por ejemplo, te has visto involucrado en un accidente con otra embarcación.

Otras coberturas

Cada compañía de seguros podrá ofertar a sus clientes las coberturas que consideren oportunas, por lo que las posibles coberturas adicionales existentes son infinitas. A continuación, te describimos algunas de ellas:

-       Responsabilidad Civil Suplementaria

Es posible ampliar los límites fijados por ley o, incluso, dar cobertura cuando la nave esté en tierra firme.

-       Remoción de restos

Si el barco se viera siniestrado y sus restos quedaran en algún lugar, el seguro se haría cargo de recogerlos.

-       Accidentes de ocupantes

Es decir, cubrir los accidentes personales cuyas consecuencias sean el fallecimiento o la invalidez permanente de los ocupantes de la embarcación con los límites fijados en la póliza.

En Audacia Abogados, ponemos tus derechos por encima de todo.

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