¿Qué son los trabajos en beneficio de la comunidad?
¡Descubre los detalles de los trabajos en beneficio de la comunidad!
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Los trabajos en beneficio de la comunidad es una pena alternativa a la prisión que consiste en realizar tareas sociales sin compensación económica a cambio. Algunas de estas tareas pueden ser: mantenimiento y limpieza de la vía pública o jardinería, apoyo en la construcción y mantenimiento de las viviendas, repartir alimentos o ropa, trabajar en protectoras de animales, etc.
● ¿En qué casos puede imponerse un trabajo en beneficio de la comunidad?
Los trabajos en beneficio de la comunidad imponerse en dos casos: por un lado, cuando exista una pena inicial de multa pero, debido al impago de la misma, se impone un trabajo en beneficio de la comunidad, en la que un día de responsabilidad subsidiaria equivale a un día en beneficio de la comunidad; y por otro lado, cuando se impone una pena de prisión inferior a 3 meses, pero se decide sustituir por un trabajo en beneficio de la comunidad, en la que un día de prisión equivale a un día de trabajos en beneficio de la comunidad.
● ¿Cuánto puede durar esta condena?
La duración de esta condena dependerá de cuanto la has liado cometiendo el delito. Si se trata de un delito leve, se impondrá de 1 a 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Por otro lado, si se trata de un delito más grave, se impondrá de 31 días a 1 año de trabajo en beneficio de la comunidad. En cualquier caso, la jornada máxima será de 8 horas, y se ajustará a las cargas familiares, personales y laborales que pueda tener el penado. Es decir, la condena se ajustará al horario del penado si este se encuentra trabajando, por ejemplo.
● ¿La condena de trabajo en beneficio de la comunidad es obligatoria?
No, no es obligatoria. En cualquier caso, se necesita del consentimiento del penado para su realización. Por tanto, se tiene que firmar un acuerdo en el que conste la voluntad del penado y su intervención activa en la condena. No obstante, en caso de que el penado no esté de acuerdo con el trabajo en beneficio de la comunidad impuesto, se impondrá la pena propuesta inicialmente.
● ¿Qué procedimiento se sigue?
1. Una vez firmado el acuerdo, en el que conste que el acusado está de acuerdo con la sentencia, el tribunal remitirá la resolución judicial, la sentencia y la liquidación de la condena a la administración penitenciaria estatal, autonómica o local, según el caso.
2. La administración penitenciaria realizará una valoración al penado, de forma que se conozca las circunstancias del mismo, así como las posibles cargas familiares, penales y laborales que este pueda tener.
3. La administración penitenciaria asignará una entidad, pública o privada, con la que tengan convenio y de acuerdo a la valoración realizada. También existe la posibilidad de que el condenado haga una propuesta de entidad o trabajo concreto que quiera realizar. En ese caso se le comunicará la propuesta al Juez de Vigilancia Penitenciaria, el cual realizará una investigación y, si cumple con los requisitos exigidos, se le concederá.
4. Una vez seleccionada la entidad, las labores a realizar y el horario, se iniciará la condena y continuará hasta que se cumpla el tiempo acordado de acuerdo con las instrucciones del Juez de Vigilancia penitenciaria, de los servicios de gestión de penas y medidas alternativas y de la entidad en la que el penado realice la condena.
5. Durante el proceso el culpable estará supervisado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria a través de informes que realice la entidad en la que se encuentra el reo.
6. En caso de incidencia, la entidad se lo comunicará al Juez de Vigilancia Penitenciaria, el cual valorará la situación y tomará una decisión. Los efectos pueden variar dependiendo de si la pena es principal o por sustitución de la principal:
- En caso de que se trate de una pena principal, el Juez de Vigilancia Penitenciaria podrá decidir cambiar al condenado de centro y comunicará el hecho al Tribunal Sentenciador. Se le dará una segunda oportunidad. No obstante, en caso de que se vuelva a notificar otra incidencia, el Juez de Vigilancia Penitenciaria entenderá que el penado no quiere continuar con el trabajo en beneficio de la comunidad y se le impondrá una pena privativa de libertad. Se le abonará al culpable el tiempo del trabajo en beneficio de la comunidad a la pena.
- En caso de sustitución de una pena principal, dependiendo de la incidencia, el Juez de Vigilancia Penitenciaria puede entender que el penado no quiere continuar con el trabajo en beneficio de la comunidad y se le hará cumplir la pena original. Se le abonará al condenado el tiempo del trabajo en beneficio de la comunidad a la pena.
7. Una vez cumplida la condena el reo quedará libre y podrá continuar con su vida. No obstante, si volviera a incidir en el mismo acto que le llevó a realizar trabajos en beneficio de la comunidad, es posible que en esta segunda ocasión la pena sea más elevada, pudiendo llegar incluso a la prisión.
● ¿Es necesario contratar un abogado?
En los procesos penales es conveniente que la persona lleve a un abogado, pues este hará todo lo posible para que la persona interesada, en caso de ser culpable, sea lo menos perjudicado posible en el proceso, pues se trata de un profesional de la justicia.
En el proceso, el abogado le explicará de forma detallada los distintos pasos por los que puede pasar en un procedimiento penal, además de resolver cualquier duda que le pueda surgir en cualquier momento. Asimismo, será su representante en el juicio y hará todo lo posible porque salga con la pena más leve posible, de acuerdo a su situación.
No obstante, esta actividad es cosa de dos, por lo que la actividad no dependerá únicamente de la actividad del abogado, sino también de la certeza de los datos que comparta su cliente con el. Cuanto más se ajuste su versión a la realidad más éxito podrá tener en el proceso.
● ¿Quién lleva a cabo la supervisión del acusado en Torrevieja?
En el caso de Torrevieja, la supervisión de los acusados que se encuentren realizando trabajos en beneficio de la comunidad como medida alternativa a la prisión la lleva a cabo la prisión de Fontcalent, situada cerca de la ciudad de Alicante.
● ¿Dónde puedo hacer trabajos en beneficio de la comunidad en Torrevieja?
Como se ha dicho anteriormente, la asignación de la entidad en la que el condenado puede hacer trabajos en beneficio de la comunidad la hace la administración estatal, autonómica o local. No obstante, también se ha dicho que el propio sentenciado puede hacer sus propias propuestas, por lo que es conveniente que conozca algunas entidades en la que puede realizarlas.
En el caso de Torrevieja algunas de ellas son:
- Cáritas.
- Cruz roja.
- Limpieza de calles.
- Albañilería.
- Jardinería.
- Museos y dependencias municipales.
En conclusión, los trabajos en beneficio de la comunidad son una pena alternativa a la prisión en la que los acusados tienen que realizar actividades sociales. En el proceso es aconsejable la contratación de un abogado, pues además de asesorarle en el proceso será su representante e intentará que se le imponga la pena más leve posible.
En Audacia Abogados podemos ayudarle en el procedimiento judicial, por lo que si está interesado no dude en contactar con nosotros.
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