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¿Qué sucede con mi mascota si me voy a divorciar o separar?

¿Quién se queda con la mascota si me divorcio?

Derecho Civil
¿Qué sucede con mi mascota si me voy a divorciar o separar?

¿Qué pasa con nuestra mascota si me divorcio? ¿Puedo tener una custodia compartida? ¡Continúa leyendo y lo descubrirás!

Todos percibimos la importancia que tiene una mascota: es uno más dentro de la familia. Ahora bien, llegado el caso en que una pareja o matrimonio decide finalizar su relación, ¿qué pasa con la mascota? ¿con quién se queda? ¿Se puede tener una custodia compartida?

¡Todo esto y mucho más te lo explicamos a continuación!

Los animales de compañía no se consideran objetos.

Hasta hace poco el propietario de la mascota era quien tenía por completo su custodia en caso de separación o divorcio. Esta condición se cumplía siempre y cuando la mascota hubiese entrado a formar parte de la familia durante el matrimonio.

El pasado mes de enero se aprobó la Ley 17/2022 por la que se transformaba, el Código Civil en lo que se refiere al régimen jurídico de los animales. La novedad principal de esta ley es que los animales pasan de ser objetos a seres vivos.

Como resultado de esto tenemos que en caso de separación o divorcio tiene que fijarse un régimen de custodia para tu mascota.

Custodia compartida de mascotas, ¿es posible?

En el momento en que una pareja decide concluir su relación, lo más recomendable es que se llegue a un acuerdo sobre el cuidado de su mascota. Estos acuerdos se dejan por escrito en un documento llamado Convenio Regulador y se puede establecer lo siguiente:

-       Distribución del tiempo

-       Custodia compartida

-       Gastos originados por su cuidado

¿Qué sucede si no nos ponemos de acuerdo en el cuidado de nuestra mascota?

A falta de acuerdo entre las partes sobre el cuidado de nuestra mascota, va a ser el juez quien dictamine finalmente con quién se queda. Para ello, el juez tendrá en cuenta el bienestar de la mascota, pudiendo fijar una custodia compartida o un régimen de visitas. También se fijarán las cargas asociadas al cuidado del animal, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar de la mascota independientemente de quién tiene la titularidad del animal y a quién le haya sido confiado su cargo.

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