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¿Voy a la cárcel, si no ayudo a las victimas de un accidente de tráfico?

¿Cómo actuar si presencias un accidente de tráfico?

Derecho Penal
¿Voy a la cárcel, si no ayudo a las victimas de un accidente de tráfico?

¿Me pueden multar si no presto auxilio a las víctimas de un accidente de tráfico? ¡Quédate y descúbrelo en este artículo!

No ayudar a las víctimas de un accidente es delito si tienes la posibilidad de hacerlo. Hoy te aclaramos las penas y multas a las que estas expuesto, tanto si eres el causante del mismo como si solamente lo has visto delante de tus narices.

¿Es delito no auxiliar a las víctimas de un accidente?

Para abordar si es delito o no, no ayudar a las víctimas en un accidente de tráfico, primero tenemos que distinguir dos figuras delictivas que suelen generar confusión: el abandono del lugar del accidente y la omisión del deber de socorro. Una vez detalladas ambas, podremos especificar si es delito no ayudar a las víctimas de un accidente.

1.    El abandono del lugar del accidente

En el delito de abandono del lugar del accidente sólo puede ser acusado el conductor causante del accidente. Esto pasa cuando, sin ninguna justificación, el conductor se va del lugar del siniestro existiendo víctimas que a raíz del accidente necesiten más que unos primeros auxilios. En esta ocasión, se le impondría un castigo de hasta 4 años de prisión.

2.    Omisión del deber de socorro

A diferencia del caso precedente, del delito de omisión del deber de socorro puede ser acusada cualquier persona siempre y cuando se satisfagan los siguientes requisitos:

-       Que el peligro sea manifiesto y grave.

-       Que la víctima se encuentre desamparada.

-       Que el auxilio se pueda llevar a cabo sin peligro propio o para terceros.

-       Que se abandone el lugar del accidente de forma premeditada, sin prestar ninguna clase de ayuda.

Los premios en esta situación cambiarán en función de las circunstancias: entre los 6 meses y los 4 años. 

¿Me pueden multar si no ayudo a una víctima de accidente de tráfico?

La respuesta es afirmativa. Fuera de los 2 tipos penales descritos anteriormente, la obligación de socorrer viene regulada en el artículo 51 de la Ley de Tráfico y desarrollado en el artículo 129 del Reglamento de Circulación, por el cual se exige que todo aquel que sufra un accidente tiene que detenerse y colaborar con la policía, bajo infracción grave y multa de 200€.

¿Qué hacer si he visto en vivo un accidente?

Si has visto un accidente de tráfico, tienes que actuar de la siguiente forma:

1. Ayudar o pedir ayuda a emergencias para las personas heridas.

2. Cooperar con el fin de evitar daños mayores y restablecer, en la medida de tus posibilidades, la seguridad en la circulación.

3. Aclarar los hechos ante las autoridades, si te los han solicitado las mismas.

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